La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) avaló el jueves las reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor y el Código Penal Federal, a través de las cuales se podrá eliminar un contenido de plataformas digitales cuando una persona argumente que fue violatorio de los derechos de autor, una medida que valida la censura digital, según la organización Artículo 19. Con esta medida, que también ha sido conocido como “mecanismo de notificación y retirada”, cualquier plataforma o servicio de internet debe retirar los contenidos o publicaciones que hayan sido acusadas de violar derechos de autor sin la necesidad de que el supuesto afectado presente pruebas de la infracción. El proyecto fue propuesto por el ministro Javier Laynez y el pleno de la Corte resolvió su constitucionalidad con seis votos a favor y cinco en contra. Asimismo, los ministros señalaron que no viola la libertad de expresión, seguridad jurídica y el debido proceso.
Al respecto señalaron que este sistema también permitirá a quienes se vean afectados por la remoción del contenido que comprueben que no está vulnerando los derechos de autor de ninguna otra persona. “Estoy consciente de que los preceptos relacionados pudieron haberse elaborado de manera más precisa; sin embargo, el análisis de este sistema de reglas a la luz del contexto que regulan y en que deben operar, me parece suficiente para generar el grado de certeza necesario para avalar su constitucionalidad”, comentó el ministro Juan Luis González.
Una medida violatoria a la libertad de expresión La organización Artículo 19 resaltó los riesgos que representa validar un mecanismo de esta naturaleza, pues hay evidencias de que este tipo de sistemas han sido “utilizados sistemáticamente para censurar contenidos de interés públicos bajo supuestas violaciones a los derechos de autor”. Criticó el hecho de que si bien la ley contempla un método de contra-aviso para restaurar el material, este no genera la restauración automática del mismo, sino que deben pasar 15 días hábiles. En caso de que la persona que solicitó la eliminación de la publicación decida denunciar ante otra instancia, el contenido seguirá eliminado por tiempo indefinido. “Aun cuando los contenidos sean restituidos después de la presentación de un contra-aviso, el daño a la libertad de expresión, tanto en su dimensión individual como colectiva, ya estaría hecho. Especialmente en contextos dinámicos como el de protesta o el electoral”, comentó Artículo 19. Por su parte, la Alianza de Medios Mx dijo que este mecanismo es riesgoso, pues abrirá la puerta a que se realicen reportes falsos de derechos de autor, con la finalidad de que los proveedores de servicios de internet eliminen el contenido sin verificarlo. Cabe resaltar que de acuerdo con Proceso, la SCJN requiere uno o dos votos más para que la validez se haga oficial. Sin embargo, las ministras Loretta Ortiz y Margarita Ríos no estuvieron en la votación, por lo que la ministra presidenta, Norma Piña, tomó la determinación de esperar hasta el próximo lunes para hacer la declaratoria oficial.
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